Skip to content
Lunes – Viernes 8:00 AM – 5:00 PMLos Escalantes, 5 - 39002 SANTANDER
942 21 10 30asecan@asesoriacantabria.com
Asesoria Cantabria
Asesoria Cantabria
Asesores de empresa
  • SOMOS ASESORES
    • EMPRESA
    • NUESTRO EQUIPO
    • MISIÓN, VISIÓN Y VALORES
  • ACTUALIDAD
  • SERVICIOS
    • Asesoría Fiscal
    • Asesoría Laboral
    • Asesoría Contable
    • Asesoría Jurídica
    • Estadísticas
  • CONTACTO
  • Somos Asesores
    • Empresa
    • Nuestro equipo
    • Misión, Visión y Valores
  • Actualidad
  • Servicios
    • Asesoría Contable
    • Asesoría Fiscal
    • Asesoría Jurídica
    • Asesoría Laboral
  • Contacto

Calendario laboral 2021.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicará en próximas fechas cuál será el calendario laboral oficial para 2021 con las 12  festividades que tendrá el próximo año en cada comunidad autónoma. De estos festivos habrá ocho de carácter estatal que serán «días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable» y no sustituibles por otras fechas, según lo define la legislación nacional, y otros cuatro festivos que serán elegidos por las comunidades.

A estos 12 días que no serán laborables y que se disfrutarán de lunes a sábado, habrá que sumar otras dos jornadas festivas de carácter local, que fijará cada ayuntamiento. En total, habrá 14 días festivos en 2021.

Según lo publicado por los Gobiernos autonómicos hasta ahora, estos son los ocho festivos nacionales que no podrán sustituirse:

– 1 de enero (Año Nuevo), viernes.

– 2 de abril (Viernes Santo), viernes.

– 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), sábado.

– 12 de octubre (Día de la Hispanidad), martes.

– 1 de noviembre (Todos los Santos), lunes

– 6 de diciembre (Día de la Constitución), lunes

– 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), miércoles.

– 25 de diciembre (Natividad del Señor), sábado.

Además de estas fiestas nacionales no sustituibles, hay otros dos tipos de fiestas autonómicas: aquellas que las comunidades autónomas pueden sustituir por fiestas propias –que para el próximo año son el 6 de enero (Epifanía del Señor), Jueves Santo y 19 de marzo o 25 de julio, que por ser domingo no ha sido escogida por ninguna comunidad–. Y un tercer supuesto en el que las autonomías también puedan cambiar por fiestas propias las fiestas nacionales cuya celebración haya de trasladarse a lunes por coincidir en domingo.

En caso de los festivos que pueden ser sustituidos por las comunidades por fiestas propias, se da la circunstancia que ninguna región ha querido sustituir el 6 de enero, Día de Reyes, por otro día festivo, por lo que esa fecha será fiesta en toda España.

Además, el próximo año habrá dos festivos nacionales que caerán en sábado (el Primero de Mayo y el día de Navidad) mientras que el resto serán lunes o viernes, pudiéndose hacer cinco fines de semana largos en el año. Diciembre, será el mes con más festividades (3 días) y en este caso, disponiendo de un día laborable podrá hacerse un «macropuente» de cinco días que abarque desde el 4 de diciembre (sábado) al 8 de diciembre (miércoles, festivo de la Inmaculada Concepción) ya que el 6 de diciembre (lunes) será también festivo en toda España al celebrarse el Día de la Constitución.

Según lo publicado oficialmente por las comunidades autónomas, estos serán los cuatro festivos autonómicos de cada región que deberán sumarse a los ocho nacionales y dos locales:

ANDALUCÍA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
-1 de marzo (se pasa a esta fecha el Día de Andalucía, 28 de febrero, que será domingo), lunes.
– 1 de abril (Jueves Santo).
-16 de agosto (se pasa a esta fecha la Anunciación de la Virgen, que se celebra el 15 de agosto pero el año que viene será domingo), lunes.

ARAGÓN

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 1 de abril (Jueves Santo).
-23 de abril (día de Aragón), viernes.
-16 de agosto (se pasa a esta fecha la Anunciación de la Virgen, que se celebra el 15 de agosto pero el año que viene será domingo), lunes.

CANARIAS

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles
– 1 de abril (Jueves Santo).
-16 de agosto (se pasa a esta fecha la Anunciación de la Virgen, que se celebra el 15 de agosto pero el año que viene será domingo), lunes.
– El cuarto día de carácter autonómico en Canarias se escoge por cada una de las islas. Así serán festivos: 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria, en Tenerife; 3 de julio, Bajada de la Virgen de los Reyes, en El Hierro; 5 de agosto, Nuestra Señora de las Nieves, en La Palma; 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino, en Gran Canaria; 15 de septiembre, Nuestra Señora de los Volcanes, en Lanzarote; 17 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña, en Fuerteventura, y 4 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe, en La Gomera.

CANTABRIA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 28 de Julio (Día de las Instituciones de Cantabria), miércoles.
– 15 de Septiembre (Día de la Bien Aparecida), miércoles.

CASTILLA LA MANCHA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 31 de mayo (Día de Castilla La Mancha), lunes.
– 3 de junio (Corpus Christi).

CASTILLA Y LEÓN

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 23 de abril (Día de Castilla y León), viernes.
– 16 de agosto (se pasa a esta fecha la Anunciación de la Virgen, que se celebra el 15 de agosto pero el año que viene será domingo), lunes.

CATALUÑA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 5 de abril (Lunes de Pascua).
-24 de junio (Sant Joan), jueves.
-11 de septiembre (Diada), sábado.

COMUNIDAD DE MADRID

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 19 de marzo (San José), viernes.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 3 de mayo (Día de la Comunidad de Madrid, festividad que se celebra el 2 de mayo pero el año próximo será domingo y por eso pasa al lunes).

COMUNIDAD VALENCIANA

– 6 de enero (miércoles, Reyes)
– 19 de marzo (viernes, San José)
– 5 de abril (Lunes de Pascua)
– 9 de octubre (sábado, Día de la Comunidad Valenciana)

EXTREMADURA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 19 de marzo (San José), viernes.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 8 de septiembre (Día de Extremadura), miércoles.

GALICIA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
-19 de marzo (San José), viernes.
– 1 de abril (Jueves Santo).
-17 de mayo (Día de las Letras gallegas), lunes.

ISLAS BALEARES

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 1 de marzo (Día de las Illes Balears), lunes.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 5 abril (Lunes de Pascua).

LA RIOJA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 5 de abril (Lunes de Pascua).
– 9 de junio (Día de La Rioja), miércoles.

MURCIA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 19 de marzo (San José), viernes.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 9 de junio (Día de la Región de Murcia), miércoles.

NAVARRA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 5 de abril (Lunes de Pascual).
– 19 de marzo (San José), viernes.

PAÍS VASCO

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 5 de abril (Lunes de Pascua).
– 19 de marzo (San José), viernes.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 19 de marzo (San José), viernes*
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 8 de septiembre (Día de Asturias)
*Pendiente de confirmación.

CEUTA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 20 de julio (Día del Sacrificio), martes.
– 2 de septiembre (Día de Ceuta), jueves.

MELILLA

– 6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles.
– 13 de marzo (Día del Estatuto de Autonomía),
– 1 de abril (Jueves Santo).
– 21 de julio (Día del Sacrificio), miércoles.

Post navigation

PreviousPrevious post:Convocatorias de Subvenciones (Del 16 de octubre al 15 de noviembre)NextNext post:¿Cómo, cuándo y por qué debo cambiar mi base de cotización?

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

limpiar formularioPost comment

  • ASESORÍA JURÍDICA

    Es fundamental contar con un abogado de confianza, experto en empresas y cercano desde el momento en que se plantean las dudas jurídicas.

  • ASESORÍA FISCAL

    Disponemos de las herramientas necesarias para que su empresa cumpla con eficiencia y garantías sus obligaciones tributarias.

  • ASESORÍA LABORAL

    Nos encargamos de solucionar todas sus dudas en temas de personal y de la gestión integral dl día a día de sus trabajadores.

  • ASESORÍA CONTABLE

    Nuestro equipo de profesionales se encargará de todas sus obligaciones contables permitiéndole así centrarse en la gestión de su empresa.

  • SEGUROS

    Planificamos y encontramos para su empresa las mejores condiciones de sus seguros En nuestro equipo encontrará compromiso, cercanía y efectividad.

  • ADMINISTRACIÓN DE FINCAS

    Nuestro equipo se encargará de la gestión integral de su comunidad de propietarios asesorando y llevando a cabo el cumplimiento de las normativas legales y contables

SOLICITAR INFORMACIÓN

Enviarlimpiar

Enlaces de Interes
  • Calendario Fiscal 2024
  • Boletín Oficial de Cantabria
  • Hacienda Regional Cantabria
  • Boletín Oficial del Estado
  • Colegio de Registradores
  • Convenios Colectivos
Servicios
  • Asesoría Fiscal
  • Asesoría Laboral
  • Asesoría Contable
  • Asesoría Jurídica
  • Estadísticas
Actualidad
  • Salario Mínimo Interprofesional en 2026
    24/03/2026
  • Subvención Turismo: Proyectos de Eficiencia Energética
    05/12/2024
  • Cuota cero autónomos Cantabria
    28/06/2024
  • Deducción IRPF por adquisición de coche eléctrico
    25/04/2024
Asesoria Cantabria
ASESORÍA CANTABRIA S.L.
C/ Los Escalantes, 5
39002 SANTANDER
  • Aviso Legal
  • Política de Privacidad
  • Política de cookies
  • Política de cookies (UE)
Menu Legal

info@asesoriacantabria.net - 942 21 10 30