Skip to content
Lunes – Viernes 8:00 AM – 5:00 PMLos Escalantes, 5 - 39002 SANTANDER
942 21 10 30asecan@asesoriacantabria.com
Asesoria Cantabria
Asesoria Cantabria
Asesores de empresa
  • SOMOS ASESORES
    • EMPRESA
    • NUESTRO EQUIPO
    • MISIÓN, VISIÓN Y VALORES
  • ACTUALIDAD
  • SERVICIOS
    • Asesoría Fiscal
    • Asesoría Laboral
    • Asesoría Contable
    • Asesoría Jurídica
    • Estadísticas
  • CONTACTO
  • Somos Asesores
    • Empresa
    • Nuestro equipo
    • Misión, Visión y Valores
  • Actualidad
  • Servicios
    • Asesoría Contable
    • Asesoría Fiscal
    • Asesoría Jurídica
    • Asesoría Laboral
  • Contacto

Novedades en la cotización del autónomo en 2020.

La cuota de autónomos ha subido en enero de 2020. También las prestaciones a las que da derecho. Pero, ¿Cómo se calcula?, ¿De qué depende su importe?, ¿Es igual para cualquier tipo de autónomo?

¿Qué es la cuota de autónomos?

La cuota de autónomos es un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización o sueldo que esperas recibir. Se paga a la Seguridad Social el último día de cada mes.
Su importe depende de:

1. La base por la que quieres cotizar. Eres tú quien la elige. Pero dentro de los límites que marca cada año el gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

2. El tipo de autónomo que seas: autónomo societario, con más de 10 trabajadores a su cargo, mayor de 47 años, colaborador, económicamente dependiente…

Cuota de autónomos 2020

El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, establece las bases de cotización aplicables desde el 1 de enero de 2019.

Se incrementaron un 1,25% con respecto al año anterior. Así, la base mínima de cotización es 944,40 euros y la máxima 4.070,10 euros.

Estamos a la espera de que se aprueben las nuevas bases de cotización para 2020. Parece que se hará mediante Real Decreto el 4 de febrero de 2020.

Pero el cambio más importante que se ha producido es que también aumenta el porcentaje de cotización cada año en un 0,30% hasta 2022 en que ya se determinará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Antes de 2019, era obligatorio cotizar para tener derecho a las coberturas correspondientes por enfermedad, accidente o permiso de maternidad o paternidad. Del mismo modo podías realizar una cotización adicional y voluntaria si querías estar cubierto en caso de cese de actividad o de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

A partir de 2019, subió el tipo de cotización, pero al ser obligatorias también las coberturas de accidente de trabajo y enfermedad profesional y cese de actividad, el autónomo tendrá derecho a paro y a cobrar la prestación por accidente de trabajo y enfermedad laboral desde el primer día de baja.

La cantidad a pagar de la cuota de autónomos 2020 también depende del tipo de autónomo:

Cuotas de autónomos 2020 para autónomos societarios o con más de 10 trabajadores a su cargo

Desde 2014, la ley obliga a los autónomos societarios y aquellos que tengan más de 10 trabajadores a su cargo a cotizar por la base mínima establecida para el Grupo 1 del Régimen General.

Está base está directamente vinculada al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y es más alta que la base mínima de un autónomo que no reúna estas características.

Como el SMI subió un 8% en 2017 y un 4% en 2018, la base mínima para estos autónomos aumentó en la misma proporción. Muy superior a lo que lo hizo para los demás autónomos (4% en 2017 y 1,4% en 2018).

La Ley de autónomos aprobada en octubre de 2017 desvinculó la cuota de autónomos societarios del SMI.

La base mínima para este tipo de autónomos desde enero de 2020 es de 1.214,10 euros y la máxima 4.070,10 euros.

Cuotas para autónomos mayores de 47 años

Los autónomos que a 1 de enero de 2020 ya hayan cumplido 47 años y tengan una base de cotización inferior a 2.052 euros, no podrán elegir una base de importe superior a 2.077,80 euros.

Los mayores de 48 años el 1 de enero de 2020, sólo podrán elegir una base de cotización entre 1.018,50 y 2.077,80 euros.

Del mismo modo, los mayores de 50 años que acumulen, como mínimo, 5 años cotizados, tendrán que elegir su base de cotización entre 944,470 y 2.077,80 euros.

Con estas medidas se pretende que los autónomos que han cotizado por la base mínima durante toda su vida laboral no aumenten su base en los últimos años para percibir una pensión superior.

Post navigation

PreviousPrevious post:Convenios Colectivos – DiciembreNextNext post:Legislación para empresas (Del 16 de diciembre al 15 de enero)

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

limpiar formularioPost comment

  • ASESORÍA JURÍDICA

    Es fundamental contar con un abogado de confianza, experto en empresas y cercano desde el momento en que se plantean las dudas jurídicas.

  • ASESORÍA FISCAL

    Disponemos de las herramientas necesarias para que su empresa cumpla con eficiencia y garantías sus obligaciones tributarias.

  • ASESORÍA LABORAL

    Nos encargamos de solucionar todas sus dudas en temas de personal y de la gestión integral dl día a día de sus trabajadores.

  • ASESORÍA CONTABLE

    Nuestro equipo de profesionales se encargará de todas sus obligaciones contables permitiéndole así centrarse en la gestión de su empresa.

  • SEGUROS

    Planificamos y encontramos para su empresa las mejores condiciones de sus seguros En nuestro equipo encontrará compromiso, cercanía y efectividad.

  • ADMINISTRACIÓN DE FINCAS

    Nuestro equipo se encargará de la gestión integral de su comunidad de propietarios asesorando y llevando a cabo el cumplimiento de las normativas legales y contables

SOLICITAR INFORMACIÓN

Enviarlimpiar

Enlaces de Interes
  • Calendario Fiscal 2024
  • Boletín Oficial de Cantabria
  • Hacienda Regional Cantabria
  • Boletín Oficial del Estado
  • Colegio de Registradores
  • Convenios Colectivos
Servicios
  • Asesoría Fiscal
  • Asesoría Laboral
  • Asesoría Contable
  • Asesoría Jurídica
  • Estadísticas
Actualidad
  • Salario Mínimo Interprofesional en 2026
    24/03/2026
  • Subvención Turismo: Proyectos de Eficiencia Energética
    05/12/2024
  • Cuota cero autónomos Cantabria
    28/06/2024
  • Deducción IRPF por adquisición de coche eléctrico
    25/04/2024
Asesoria Cantabria
ASESORÍA CANTABRIA S.L.
C/ Los Escalantes, 5
39002 SANTANDER
  • Aviso Legal
  • Política de Privacidad
  • Política de cookies
  • Política de cookies (UE)
Menu Legal

info@asesoriacantabria.net - 942 21 10 30